• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 4649/2023
  • Fecha: 26/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Remisión a la sentencia 949/2023, de 10 de julio de 2023, pronunciada en el recurso de casación núm. 5181/2022. Las liquidaciones provisionales o definitivas por Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que no hubieran sido impugnadas a la fecha de dictarse la sentencia del TC de 26 de octubre de 2021, no podrán ser impugnadas con fundamento en la declaración de inconstitucionalidad efectuada en la misma, al igual que tampoco podrá solicitarse con ese fundamento la rectificación, ex art. 120.3 LGT, de autoliquidaciones respecto a las que aun no se hubiera formulado tal solicitud al tiempo de dictarse la sentencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS GIL IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 2375/2022
  • Fecha: 22/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los artículos 22.2.b), 28 y 34 de la Ley General de Subvenciones y 21, 24 y 73.4 de la Ley General Presupuestaria, en relación con los artículos 1100 y 1108 del Código Civil, deben interpretarse en los supuestos de determinación legal de una cuantía a abonar en concepto de subvención, en el sentido de que "la exigencia del abono de intereses de demora en favor del beneficiario de la subvención surge desde el momento en que se produce el reconocimiento legal de la obligación, salvo que se haya ejercitado previamente una acción frente a la inactividad de la Administración, al amparo de lo preceptuado en el artículo 29 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa , y ésta no despliegue mediante actos de ejecución la obligación de subvencionar legalmente impuesta".
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA PILAR CANCER MINCHOT
  • Nº Recurso: 1421/2022
  • Fecha: 22/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala declara que: 1. El artículo 1851 del Código Civil no es de aplicación a las prórrogas del plazo para el cumplimiento de los requisitos impuestos al beneficiario de una subvención; 2. Que el otorgamiento de tales prórrogas deberá hacerse previa audiencia del garante o fiador, y que, aunque la modificación de los términos de la obligación principal no extinga la fianza, al fiador que no la haya consentido sólo le será exigible el cumplimiento en los términos inicialmente convenidos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO
  • Nº Recurso: 8729/2023
  • Fecha: 22/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Situación consolidada con relación a la aplicación de la STC 182/2021, de 26 de octubre, y a la inconstitucionalidad del TRLHL. Solicitudes de rectificación de las autoliquidaciones. Remisión a las sentencias 16 de mayo de 2024 (50) (rec. casación 8825/2022) y 9 de julio de 2024 (rec. casación 1919/2023).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO
  • Nº Recurso: 2646/2023
  • Fecha: 22/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia establece como doctrina jurisprudencial que solo los litigios que quepan dentro de la definición legal de "litigios entre Administraciones públicas" del artículo 44 LJCA serán susceptibles de recurso de apelación sin que entre en juego la cuantía o "summa gravaminis" de 30.000 euros establecida con carácter general para el acceso al recurso de apelación, en consecuencia, solo aquellas sentencias que resuelvan litigios entre Administraciones públicas cuando actúen en ejercicio de facultades de "imperium" con exclusión de los litigios en los que actúen como un particular desprovisto de esas potestades serán susceptibles de recurso de apelación en todo caso. Aplicando dicha doctrina al caso, concluye que no se trataba de un litigio entre Administraciones dado que la Universidad actuaba como sujeto pasivo de un tributo (tasa por entrada de vehículos a través de aceras y calzadas), por lo que el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento debió ser inadmitido al no superarse la "summa gravaminis" exigida por el artículo 81.1.a) LJCA.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN PEDRO QUINTANA CARRETERO
  • Nº Recurso: 2754/2022
  • Fecha: 21/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Declara no haber lugar al recurso de casación presentado por la Junta de Andalucía en contra de la sentencia que la obliga a pagar los intereses de demora por el retraso en cumplir con el plan de financiación aprobado para la póliza de seguro colectivo de rentas de extrabajadores de Delphi. La Junta argumentaba que, al haber pagado el capital sin reservarse los intereses, no era necesario su abono según el artículo 1110 del Código Civil. Sin embargo, el Tribunal Supremo concluye que este artículo no se aplica de manera supletoria en el ámbito del Derecho Administrativo, especialmente cuando existe un régimen jurídico específico, como el del Decreto-ley 4/2012, que regula las ayudas sociolaborales. La Sala sostiene que el plan de financiación aprobado por resolución administrativa incluía el devengo automático de intereses como un mecanismo de compensación ante el pago aplazado, y que el incumplimiento de este plan genera el derecho a reclamar intereses, incluso si se hace después de haber pagado el capital. Además, se invoca el principio de buena administración, que impide que la Administración se beneficie de su propio incumplimiento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 3786/2024
  • Fecha: 21/05/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión con interés casacional consiste en determinar si, realizada una inspección a un grupo de consolidación fiscal -finalizada mediante liquidación provisional por no haber afectado a todas las entidades del grupo- la sociedad matriz, al amparo del artículo 126.3 del Reglamento de Gestión e Inspección, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, puede instar la rectificación de la autoliquidación de un impuesto y ejercicio inspeccionado, pero sobre un elemento tributario no regularizado expresamente, cuando el procedimiento inspector ha comprendido la totalidad de los elementos tributarios de la sociedad filial de la que procede el dato que pretende rectificar.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA
  • Nº Recurso: 159/2024
  • Fecha: 21/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA (DFB) interpuso recurso frente a la resolución de la Junta Arbitral del Concierto Económico. Se discute quien debe asumir la devolución de la cuota del IVA a compensar. La Sala desestima el recurso y concluye que, los actos de terceros, tanto del contribuyente como de otros, no interrumpen el plazo de prescripción del crédito interadministrativo; la devolución solicitada por el contribuyente en noviembre y diciembre de 2015 carecía de virtualidad alguna para interrumpir la prescripción, el primer acto con virtualidad interruptora es el señalado por la Junta Arbitral en su acuerdo de 9 de febrero de 2017, fecha de la propuesta de cambio de domicilio de la DFB a la AEAT", y se añade que la mera mención de algunos antecedentes sobre acuerdos de la Junta Arbitral resulta del todo insuficiente para aplicar la teoría de los actos propios. Es decir, aplicando dicha doctrina al caso de autos, el plazo de prescripción entre las Administraciones es de cuatro años, dicho plazo se interrumpió por la comunicación de propuesta de cambio de domicilio y las declaraciones de la sociedad, del tercer y cuarto trimestre, son actos de tercero que no interrumpen o afectan a la prescripción.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO
  • Nº Recurso: 8026/2023
  • Fecha: 21/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: De conformidad con lo dispuesto en la STC 182/2021, de 26 de octubre las autoliquidaciones practicadas por el contribuyente por el concepto de Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana cuya rectificación se solicite después del 26 de octubre de 2021 (fecha en que se dictó la STC 182/2021) pero antes del 25 de noviembre de 2021 (fecha de su publicación en el BOE) tienen la consideración de situaciones consolidadas que no pueden considerarse susceptibles de ser revisadas con fundamento exclusivo en la citada sentencia a través de la presentación de la solicitud de rectificación de la autoliquidación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO
  • Nº Recurso: 8459/2023
  • Fecha: 21/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia se remite, por tratarse de asuntos análogos, a la fundamentación de las previas SSTS de 16 de mayo de 2024 (rec. 8825/2022) y 9 de julio de 2024 (rec. 1919/2023) y reitera la jurisprudencia, ya reiteradísima, en virtud de la cual las autoliquidaciones practicadas por el contribuyente por el concepto de Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana cuya rectificación se solicite después del 26 de octubre de 2021 (fecha en que se dictó la STC 182/2021) pero antes del 25 de noviembre de 2021 (fecha de su publicación en el BOE) tienen la consideración de situaciones consolidadas que no pueden considerarse susceptibles de ser revisadas con fundamento exclusivo en la STC 182/2021 a través de la presentación de la solicitud de rectificación de la autoliquidación.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.